Esto se trata de un caso REAL que tuvo lugar en Holanda pero me gustaría tomar el pulso de los lectores aquí en España. Todos los juristas estadounidenses a los que les he preguntado me han dicho que están totalmente en contra de lo que se hace normalmente en Europa en casos así. Por favor pido que no busquen mucho por internet porque es mejor opinar sin dejarse influenciar o manipular por ningún medio de comunicación — sobre todo dada la sensibilidad del asunto. Yo, tras consultar a muchísimas personas y leer más y más casos parecidos en la jurisprudencia histórica, ya he tomado una decisión pero no daré mi opinión hasta última hora de hoy.
Hechos:
Digamos que se trata de una señora — Mary, de origen holandés/raza blanca (nombre ficticio) — y un joven, Khaled de 18 años, con nacionalidad holandesa y marroquí (es de raza/origen árabe-magrebí).
La señora estaba en un semáforo, luz roja, y Khaled, junto con un compinche de 17 años, le abrió la puerta del coche para robarle el bolso. Cuando intenta huir con el bolso de Mary, ésta da marcha atrás con el coche y le ha dado un golpe con el coche al «scooter» del ladrón, estrellándole contra un árbol. El joven ha muerto instantáneamente, obviamente. Su compañero/amigo huyó a pie.
Hay varias posibilidades aquí:
¿Deberíamos justificar que la absuelvan de todo delito? ¿Hay delito aquí? Si eso es así, ¿cuál? ¿Conducción temeraria u homicidio imprudente?
——————————–
OFF TOPIC:
MUY BUENA NOTÍCIA — Me acabo de enterar, vía un amigo mío que es judío y sabe lo que es el fascismo asqueroso, que el grupo/asociación «Young Americans for Freedom» ¡ha EXPULSADO A RON PAUL! ¡YA ERA HORA! Otro gran artículo aquí. En fin, un extremista menos en nuestros círculos. Liberalismo Democrático apoya totalmente la decisión de YAF.
En vista de lo explicado aquí, y a falta de más datos, yo creo que no ha existido delito por parte de ella.
Otra cosa es que la acción de dar marcha atrás con el coche fuese totalmente consciente, de forma que su voluntad última fuese realmente matar al atracador. Pero teniendo en cuenta las circunstancias del caso, no creo que fuese así, sino más bien un «acto reflejo» de la chica ante esa situación.
Todo ello independientemente de razas, procedencias y demás, pues en el caso opuesto (atracadora de raza blanca y conductor de raza magrebí) seguiría siendo igual.
Al menos esa es mi opinión
Un Saludo Felino
Miau
Creo que he puesto todos los datos «relevantes», Gangrol y acabo de volver a mirar el caso por si me escapaba algún que otro detalle — según ella y su declaración, «sólo dio marcha atrás para decirles que no tenía nada de valor en el bolso».
*He puesto lo de las razas porque este caso fue particularmente «explosivo» en Holanda dada las tensas relaciones raciales que existen en ese país.
Gracias por su opinión — porque este tema ciertamente ha provocado mucha diversidad de criterio.
Hmm….me quedo con el sistema de Texas, que es cojonudo y ya quisiéramos en Europa:
http://www.self-defender.net/law3.htm
Deadly Force in Defense of Person
«A person is justified in using deadly force against another if he would be justified in using force under Section 9.31 of the statute when and to the degree he reasonable believes that deadly force is immediately necessary to protect himself against the other’s use or attempted use of unlawful deadly force, if a reasonable person in the same situation would have not retreated. The use of deadly force is also justified to prevent the other’s imminent commission of aggravated kidnapping, murder, rape or robbery.»
Defense of Another Person
«A person is justified in using deadly force against an attacker to protect another person if he would be justified to use it to protect himself against an unlawful attack and he reasonably believes his intervention is immediately necessary to protect the other person from serious injury or death.»
Deadly Force to Protect Property
«A person is justified in using deadly force against another to protect his property to the degree he reasonably believes the force is immediately necessary to prevent the other’s imminent commission of arson, burglary, robbery, theft during the nighttime or criminal mischief during the nighttime, and he reasonably believes that the property cannot be protected by any other means.»
«A person is justified in using deadly force against another to pervent the other who is fleeing after committing burglary, robbery, or theft during the nighttime, from escaping with the property and he reasonable believes that the property cannot be recovered by any other means; or, the use of force other than deadly force to protect or recover the property would expose him or another to a substantial risk of death or serious bodily injury. (Nighttime is defined as the period 30 minutes after sunset until 30 minutes before sunrise.)»
Protection of the Property of Others
«A person is justified in using force or deadly force against another to protect the property of a third person if he reasonably believes he would be justified to use similar force to protect his own property, and he reasonably believes that there existed an attempt or actual commission of the crime of theft or criminal mischief.»
«Also, a person is justified in using force or deadly force if he reasonably believes that the third person has requested his protection of property; or he has a legal duty to protect the property; or the third person whose property he is protecting is his spouse, parent or child.»
——————–
Para mi, esa mujer es inocente….De hecho, si el joven hubiese quedado vivo es al que habría que someter a la justicia.
Saludos.
A ver chicos, que parece que se os olvida que hay un muerto de por medio…
@dardo liberal: pareces gilipollas. ¿Te gusta Texas? quizás también te guste este caso:
http://en.wikipedia.org/wiki/Joe_Horn_shooting_controversy
je, y el vídeo de su llamada al «911» no tiene desperdicio. ¿Eso es lo que tu quieres en España, vigilantes y gente que mata a sospechosos? He estado buscando sobre estos temas juridicos y me topo con el caso de Joe Horn, que disparó a unos «ladrones» «inmigrantes ilegales» de raza latina y negra. El jurado tejano, todo blanco, le absuelve de todo delito y se ciñen a la «doctrina Castle» de Tejas. Lamentable y muy triste. No quiero eso para España y menos mal que vivimos en Europa donde esto no se permite:
Ya le comenté que yo estaba a favor de su inocencia por tres motivos:
– Cierta «enajenación mental» (por llamarlo de alguna manera) por verse envuelta en un atraco. De hecho, en una ocasión dos individuos intentaron atracarme. No lo lograron, pero volviendo a casa estaba un tanto alterado y tuve un pequeño accidente (sin consecuencias para mi u otras personas).
– La falta de intencionalidad de la mujer.
– El hecho de que la situación ha sido provocada por la víctima: si el delincuente no hubiese robado el bolso, nada de esto hubiera ocurrido.
* En favor de la imparcialidad, creo que hubiese sido mejor no mencionar las razas de las personas involucradas.
@al jurista mariquita:
Perdona, listillo de mierda, NO ME DIRIJAS LA PALABRA QUE YO NO HABLO CON MIERDAS como tú. Mi comentario iba dirigido al señor COLL, no a tí, escoria progremierda.
No confundas al personal y no te confundas conmigo. Acabo de leer el enlace que pones. Ese tal Joe NO LOS MATA POR SER inmigrantes…los mata PORQUE ERAN LADRONES. Da la casualidad que eran inmigrantes ilegales, como por otra parte es lógico ya que esa escoria solo sabe robar.
Mira que eres torticero ¿eh? Resulta que eran gentuza con ANTECEDENTES PENALES y entraron de igual forma a los EEUU. ¿Ahora qué tienes que decir, hijo de puta?
No estaría mal tener vigilantes en España. Igual así podrían eliminar a los teniente antigilipollas de la vida y a escoria progre guarra como tú, imbécil cerdo.
Sobre lo de Ron Paul me han llamado la atención dos cuestiones:
1.- La Young Americans for Freedom se defince como conservative-libertarian.
2.- Que le expulsan por oponerse a la guerra.
Como la ley holandesa la desconozco, voy a mirar el asunto como si hubiera ocurrido en España.
Primero, sobre el moruno compañero de fechoría del que ha muerto, si fuera mayor de edad, debiera ser condenado a un año de prisión por tentativa de robo con violencia sobre las personas, pero, lamentablemente, se le deben aplicar las medidas previstas en la Ley del Menor, en este caso, al haber violencia o intimidación, hasta dos años de internamiento cerrado.
En cuanto a la señora. Pues, en principio, he estado pensando en que sería una falta del artículo 621.2 del CP: “Los que por imprudencia leve causaren la muerte de otra persona, serán castigados con la pena de multa de uno a dos meses.” y el apartado 4 ”Si el hecho se cometiera con vehículo a motor o ciclomotor, podrá imponerse además la pena de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo de tres meses a un año”.
Podría ser un homicidio por imprudencia grave del artículo del 142.1 y 2, pero no sé, no termino de ver esa gravedad pues hay que tener en cuenta que estaba siendo víctima de una robo, es una situación que se produce en unos pocos segundos, en la que difícilmente puedes valorar el alcance de la conducta imprudente que estás realizando. Aunque haya un muerto, pienso que la imprudencia no ha sido tal como para imputarle un delito.
En el artículo 21.3 viene como atenuante “La de obrar por causas o estímulos tan poderosos que hayan producido arrebato, obcecación u otro estado pasional de entidad semejante”. Creo que habría un arrebato que sería un atenuante para la pena que se impusiera por la falta pero no llega al eximente de miedo insuperable del 20.6.
En todo caso, lo gordo de verdad será la indemnización por la muerte, pues además es una víctima joven, no creo que la aseguradora del vehículo dé cobertura a este evento. Como curiosidad, si conviviera con los padres, sería más de 80.000 euros.
Qué buena noticia lo del agro-anarka Ron Paul “sin pecado estatista concebido”, que presume en su web de estar inmaculado y no haber cometido el “pecado” de haber tocado un solo centavo en dinero público, cuando su distrito es uno de los más subvencionados del estado de Texas.
No lo dice en su web, por cierto, pero su postura sobre Oriente Medio, aparte de todo esto, la firmaría cualquier progre. Nunca deja pasar una oportunidad de criminalizar a Israel.
Me está gustando mucho este hilo — Javier — su postura es, como mínimo, «rigurosa», desde luego…
Dardo:
Le pediría que se calme un poco por favor. Ya sé que hay gente que no nos gusta y todos tenemos exabruptos pero hágame el favor (y lo pido a TODOS) de no lucirse en este hilo por favor.
Francisco:
1. Ya sabe ud que el «fusionismo» en EEUU está a la orden del día…
2. Me parece lógico: Ron Paul es un traidor que culpa a EEUU del ataque terrorista que sufrieron el 11 de septiembre. Yo creo que Ron Paul tiene–y debe tener–permiso para decir lo que quiera y cuando quiera, pero no en las asociaciones liberales privadas.
Javier:
Ya hay quienes acusan a los YAF de ser unos «neocons». Como bien dice mi amigo israelí, ahora «neocon» parece ser «no odiar a los judíos». Resulta que ya si no odiamos a los judíos, somos unos «neocons» de cuidado para esa escoria skin que de seguro se mearían en los pantalones si vieran a un soldado israelí delante con un rifle.
1.- No me sorprende el «fusionismo», sino el hecho de q aqui se hable bien o defienda en cierta manera a una asociacion libertarian.
2.- No creo que acuse sin más a EE.UU. del 11S y, desde luego, no creo que se le pueda considerar traidor.
No hay q buscar una sola explicación a los hechos, si uno realiza un análisis profundo de los hechos se da cuenta de que ocurren por una gran variedad y complejidad de factores. Pero yo también creo que el efecto «blowback» afecta enormemente a las relaciones de EE.UU. Que yo sepa, el país más libre del mundo -Honk Kong- no ha recibido ningún ataque terrorista o amenaza de Afganistán, Iraq o Iran.
Solo hay que ver el reciente ejemplo egipcio. Tras años apoyando a Mubarak, suerte pueden tener los estadounidenses si la población egipcia no les guarda rencor.
Francisco: Sobre el tema de Mubarak he hablado hoy en la web de Pedro.
1. Hablo bien cuando veo que una asociación «libertarian» (pero YAF no lo es del todo, y mucho menos libertarian en el sentido ron paulista o español) toma una decisión madura y hace lo que debe hacer.
2. No creo que sea responsable hablar de «país más libre del mundo»: la libertad no va por grados — o se tiene un sistema liberal o no se tiene.
Habría que conocer los detalles de este caso. Desde el Derecho Penal español, si se consiguiera demostrar que hubo acto reflejo o fuerza irresistible, la señora ni siquiera sería condenada.
«He estado buscando sobre estos temas juridicos y me topo con el caso de Joe Horn, que disparó a unos “ladrones” “inmigrantes ilegales” de raza latina y negra. El jurado tejano, todo blanco, le absuelve de todo delito y se ciñen a la “doctrina Castle” de Tejas. Lamentable y muy triste. No quiero eso para España y menos mal que vivimos en Europa donde esto no se permite:»
Pobechitos el negrito y el latino, aunque al final les hicieron el favor de enviarles a su «hogar» sin costo alguno, para que no se impacienten:
JAJAAJAJAJAJAJAJAJA.
Mi opinión de este caso es que la señora es inocente. Hay sujetos que te matarían por unos putos euros, sin importarles ir a la cárcel. Si condenan a la señora, los criminales tendrían la bendición del estado para cometer sus fechorías, y los ciudadanos de a pie estarían condenados a dejar que los criminales les hagan algo a ello, o peor aún, a sus familias.
Bueno, en primer lugar, quiero dejar bien claro que me ha gustado, especialmente, la exposición de don Javier aunque no la comparto del todo y no pasa nada, pues eso es normal en el mundo jurídico.
Creo que, para empezar, está totalmente fuera de lugar hablar de «auto-defensa» en un caso como este – el tipo le abrió la puerta del coche, ciertamente, y le robó el bolso pero EX POST FACTO, esa señora decidió darle marcha atrás al coche — ni siquiera para defenderse, pues como he aclarado anteriormente, declaró a la policía que quería decirles que no había nada de valor en el bolso. Eso no me suena como «auto-defensa» en absoluto. Sí, también es verdad que luego cambió su relato y dijo que sólo queria darle un pequeño «golpecito» al «scooter» de los dos ladrones. Si eso resulta ser cierto, entonces peor lo tiene jurídicamente.
Sí estoy de acuerdo con don Javier en lo de la indemnización — de hecho, la familia de la victima podría demandar por millones de euros (daños psicológicos, por ejemplo, secuelas, destrucción de la vida de un joven y un menor, etc). Nada que discrepar con Javier ahí.
Art.142 del Código Penal español dice lo siguiente:
1. El que por imprudencia grave causare la muerte de otro, será castigado, como reo de homicidio imprudente, con la pena de prisión de uno a cuatro años.
2. Cuando el homicidio imprudente sea cometido utilizando un vehículo a motor, un ciclomotor o un arma de fuego, se impondrá asimismo, y respectivamente, la pena de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores o la privación del derecho a la tenencia y porte de armas, de uno a seis años.
3. Cuando el homicidio fuere cometido por imprudencia profesional se impondrá además la pena de inhabilitación especial para el ejercicio de la profesión, oficio o cargo por un período de tres a seis años.
La señora se tendría que enfrentar, en el caso español, a mínimo 10 años de prisión.
¿Eximentes y atenuantes? Vamos a ver:
Artículo 19 — no, porque la señora no es menor de edad.
Art. 20.1 — no, no está loca.
Art. 20.2 — no estaba borracha ni drogada
Javier apunta al 20.6. «miedo insuperable» —
No estoy de acuerdo con Javier — si tuvo «miedo insuperable», ¿por qué fue por ellos para perseguirles con su coche, dando marcha atrás?
CONTINÚA pero eso es todo por ahora…luego regreso.
Bueno, no, en realidad, cité como posible atenuante el 21.3 “… causas o estímulos tan poderosos que hayan producido arrebato, obcecación u otro estado pasional de entidad semejante”, «miedo insuperable», que sería un eximente de la responsabilidad criminal, creo que no hay en este caso.
Eso sí, si la película de los hechos ha sido no que da marcha atrás durante el forcejeo, sino cuando se montan en la moto para huir, con intención de derribarlos cambia un poco la cosa: no querría matarlos, pero al golpearles con la parte trasera del vehículo era una posibilidad que estaba ahí, o herirlos gravemente, si se le iba el pie con la marcha atrás, y sí pudiéramos hablar de un grado grave de imprudencia.
Y un coche perfectamente puede ser un arma homicida (esto no sería un hecho de la circulación, desde luego). Tan perfectamente como una pistola o un cuchillo.
Javier:
«sino cuando se montan en la moto para huir, con intención de derribarlos cambia un poco la cosa: no querría matarlos, pero al golpearles con la parte trasera del vehículo era una posibilidad que estaba ahí, o herirlos gravemente, si se le iba el pie con la marcha atrás, y sí pudiéramos hablar de un grado grave de imprudencia.»
Es que, esto fue lo que pasó y esta es exáctamente mi postura. Fue «ex post facto» — ella no dio marcha atrás durante el forcejeo — porque de ser así, yo aceptaría plenamente lo que usted dijo – pero fue después de que el joven le haya abierto la puerta del asiento trasero para robarle el bolso. Una vez se montó en la motito del amigo, menor de edad éste, ella entonces dio marcha atrás.
¡Claro que un coche puede ser arma homicida!
Lo que pasa es que habría que demostrar que esa era la intención de la señora — yo creo dada la circunstancia, que no — que sólo quería darles un golpecillo en la moto.
Recordemos además, y me quedaba por decir, que la Biblia no permite (ahora hablo desde una postura bíblica para cristianos) matar «a la luz del día» — si no pudiéramos ver al agresor, es totalmente legítimo matarle por la noche, pero esto fue a plena luz del día así que ni siquiera en términos bíblicos encajaría…
Otro apunte:
El derecho al auto-defensa, defendible por supuesto, no significa derecho a atacar ni existe tal cosa como defensa preventiva en ley.
Para justificar esto, tendría que demostrarse que la mujer no tuvo ningún otro recurso o remedio para remediar la situación (podría haber llamado a la policía).
Por lo tanto, no me pareció bien la decisión del juez en Holanda de sólo imputarle una falta de conducción temeraria, y una multa pequeña.
Alfredo,
¿qué sentido tiene esto?
«Recordemos además, y me quedaba por decir, que la Biblia no permite (ahora hablo desde una postura bíblica para cristianos) matar “a la luz del día” — si no pudiéramos ver al agresor, es totalmente legítimo matarle por la noche, pero esto fue a plena luz del día así que ni siquiera en términos bíblicos encajaría…»
No lo entiendo bien, eso de matar a oscuras me suena un poco como a matar por la espalda, de cobardes.
No no jajajaja Francisco. Se refiere a que la Biblia permite «matar al agresor» si «no se le puede ver el rostro» — pero si lo matares al salir el sol, es delito de sangre.
Éxodo 22:2:
«Si el ladrón fuere hallado forzando una casa, y fuere herido y muriere, el que le hirió no será culpado de su muerte.»
pero, en el 22:3 dice CLARAMENTE:
«Si el sol hubiere sobre él salido, el matador será reo de homicidio: el ladrón habrá de restituir cumplidamente; si no tuviere, será vendido por su hurto.»
aaaah! Perdone mi comentario, le había malinterpretado por completo. Ahora si entiendo entiendo lo bien.
Alfredo: mi respuesta la doy partiendo de la teoría del delito emergida de la filosofía jurídica alemana. La conducta de la señora se subsume en el tipo penal de Homicidio doloso, pues no se aprecia ninguna causa de justificación que excluya la antijuridicidad. La acción de Mary es desproporcional, excesiva para con el ciudadano Khaled, independientemente que este sea un ladrón.
Alfredo:
Hoy en día ya no se puede estar seguro de que no nos pasará nada si dejamos que el ladrón se salga con la suya. El año pasado en mi país un malnacido hijo de la más puta asaltó a un empresario que estaba con su nieta. El empresario no se resistió, pero eso no sirvió de nada, ya que ese subhumano disparó DELIBERADAMENTE a su nieta, y la ha dejado tetrapléjica DE POR VIDA.
Si yo estuviera en una situación parecida, me importaría un rábano lo que me pase después.
Alfredo:
«Es que, esto fue lo que pasó y esta es exáctamente mi postura. Fue “ex post facto” — ella no dio marcha atrás durante el forcejeo — porque de ser así, yo aceptaría plenamente lo que usted dijo – pero fue después de que el joven le haya abierto la puerta del asiento trasero para robarle el bolso. Una vez se montó en la motito del amigo, menor de edad éste, ella entonces dio marcha atrás.»
No leí su penúltimo mensaje (ni el anterior). Bueno, en este caso los ladrones ya se habían ido, así que no parece muy razonable el argumento de que lo hizo «por defensa propia», ya que lo hizo después del robo. No creo que su intención haya sido matar, tan sólo pudo ser un acto de venganza (por ejemplo, hacer que la moto se caiga o algo así).
A la pregunta ¿la perseguimos?, ¿qué hacemos con ella?, mi respuesta es no la perseguimos y no le hacemos absolutamente nada a ella. El menor murió accidentalmente, por imprudencia de la señora, no porque ella persiguiera su muerte. Por tanto, ni en España ni en Holanda son datos importantes ni su edad ni su raza, murió como consecuencia de un accidente de tráfico y punto.
Hola Alfredo – pues te comento lo que yo haría si esto ocurriera en Nueva York. Ya que has explicado la legislación en España, aquí también se le caería el pelo a la señora porque esto no es Texas jeje.
He leído el caso y veo que la condenaron en Holanda por conducción temeraria (posiblemente porque realmente no habia ningún interés en castigarla mucho, dado que en Holanda parece que hay muchos problemas raciales).
En Nueva York se le imputaría un delito de homicidio imprudente, y se pasaría tiempo en prisión, seguramente más que en Holanda dado que aquí las sentencias son durísimas en comparación con Europa.
Leo, además, que la señora llevaba cinco años escondida – pues eso también debería imputársele – evadir la justicia (desconozco si eso es delito en Holanda) pero en USA sí.
Si la intención de la señora era «castigar» al ladrón, me temo que esa señora no entiende que una democracia occidental y libre, los que imponen los castigos son los jueces y la policía es la que mantiene el orden.
Por eso me ha llamado un poco la atención ver los comentarios de «ciertas» personas en este hilo y prácticamente están justificando 1) la muerte de un joven
2) que sean los ciudadanos los que tomen la justicia por su propia cuenta
No suelo comentar mucho, y no quiero entrar en polémicas, pero cuestiono realmente actitudes antidemocráticas y fascistas como la del tal «dardo liberal». No sé por qué se pone un nick así, porque de liberal tiene muy poco.
No se puede ASESINAR o ejecutar a nadie porque te hayan robado el bolso. Ni siquiera en un país como Arabia Saudita se hace algo así. ¿Por qué entonces un ciudadano privado debe tener más poderes sobre un delincuente común que un gobierno democráticamente elegido?
Un saludo a todos
*Alfredo, estoy de acuerdo con tu explicación para el caso español.
Al responder vengativamente se manifiesta el dolo on intención. Si leen este párrafo proporcionado por Alfredo se darán cuenta:
«Creo que, para empezar, está totalmente fuera de lugar hablar de “auto-defensa” en un caso como este – el tipo le abrió la puerta del coche, ciertamente, y le robó el bolso pero EX POST FACTO, esa señora decidió darle marcha atrás al coche — ni siquiera para defenderse, pues como he aclarado anteriormente, declaró a la policía que quería decirles que no había nada de valor en el bolso. Eso no me suena como “auto-defensa” en absoluto. Sí, también es verdad que luego cambió su relato y dijo que sólo queria darle un pequeño “golpecito” al “scooter” de los dos ladrones. Si eso resulta ser cierto, entonces peor lo tiene jurídicamente»
La reacción de reversa supone un animus necandi o laedendi. Y en este caso debe sopesarse la diferencia de tamaño entre un scooter y un auto, además de la velocidad. Por lo tanto definitivamente no es un evento culposo o imprudente. La pregunta que debe realizarse es si se le considera autora de un delito de Lesiones o de Homicidio dolosos. El derecho penal continental europeo sanciona la vindicación «privada», pues expropia la reacción defensiva del individuo.
Sociata Latinoamericano.
Una cosa que deberían tener en cuenta todo hijo de vecino (no sólo los ladrones, violadores y asesinos) es que no somos máquinas y no podemos controlar en todo momento nuestra reacción a una agresión, por tanto, sí fue un hecho EX POST FACTO, pero fue una reacción inmediata a una agresión, o te piensas que todos nos estamos quietos cuando nos agreden. Si la Justicia falla en contra de esta señora, nos está tratando como máquinas, no como personas.
¿pero qué te esperabas, Adán?? Esta gente son abogados y «juristas» – mira como se la montan:
http://www.elmundo.es/elmundo/2011/02/15/baleares/1297768586.html
Hombre, mejor ser jurista que un fascista sin oficio ni beneficio como «falangista». Vamos, digo yo…
oye victoria, supongo que ya sabrás que a las tias como tu la llaman «bitch» en los EEUU.
Te has lucido mucho porque yo no he estado hablando contigo, cállate la boca y véte a follar con algún jefe nuyorquino, que igual te hacen jefa de departamento.
@Alfredo:
su «explicación» me ha parecido FATAL para las victimas y la justicia.
Hola dardo: sí, lo sé. Normalmente los que llaman «bitch» a las mujeres suelen ser tios inseguros de sí mismos, como tú pareces ser o tios sin novia que jamás sabrán lo que significa respetar y ser respetado. Podría bajarme a tu nivel y decir que debe ser que la tienes pequeña pero no es necesario, tu actitud dice mucho de tí.
No necesito ser «jefa de departamento». Tengo mi propio despacho, mi propia vida y mi vida profesional resuelta, a diferencia de hombrecillos como tú.
@Adán:
Descontrolarse no exime del cumplimiento de las leyes, lo siento.
@Falangista:
Bueno, hay quienes tienen adicción a la frotación, y otros con el fascismo…
Victoria.
Sí, es una atenuante, me parece que se llama trastorno mental transitorio.
[…] otra parte: atropellar a un moro, aunque sea un ladrón, es delito aquí y donde sea. El castigo al delincuente lo tiene que ejercer el Estado, no una “justiciera” al volante…. Más que nada lo digo porque parece que me voy a tener que preocupar otra vez, ya que parece que […]
Mandela, parezca que esta justiciera atropella al morito a sangre fría, y no es así, no transcurren ni 10 segundos desde que es asaltada hasta la reacción de ésta. Todos tenemos instintos, es algo que también deberían conocer los delincuentes, ¿o les concedemos sólo a ellos todas las eximentes y atenuantes de los delitos que cometen, esas eximentes y atenuantes no nos sirven a los que somos víctimas INMEDIATAS de una agresión?. La Ley debería ser igual para todos, si a un delincuente le aplican una atenuante por trastorno mental transitorio ¿por qué al agredido no?. Un o una justicier@ lo entiendo como aquella persona que a sangre fría se venga de una injusticia cometida con ella, no inmediatamente, sino a muy posteriori, éste fue un acto inmediato, una reacción instintiva, no somos máquinas, eso también lo deberían de tener en cuenta los «chorizos» cuando nos atracan, de lo contrario la Ley siempre estaría de su parte y el atraco sería algo normal.
Comparto la argumentación jurídica de Alfredo , aunque yo sí le aplicaría la atenuante del artículo 21.3 del Código penal español .
Ojo , no olvidemos que ella da marcha atrás , de alguna manera para intentar un bolso de su PROPIEDAD , que le ha sido robado por unos bastardos .
Desde un punto de vista moral , A MÍ ME PARECE PERFECTAMENTE LEGÍTIMO MATAR A DOS CERDOS que abren el coche de una mujer para robarle .Esos seres , carecen absolutamente DE MORAL Y DE VALOR VITAL .
Comparto la argumentación jurídica de Alfredo , aunque yo sí le aplicaría la atenuante del artículo 21.3 del Código penal español ,en relación al delito de homicidio imprudente al que se refiere el artículo 142 .Es más , ni siquiera hablaría de delito de homicidio imprudente , sino DE FALTA , YA QUE LA «IMPRUDENCIA» DE LA SEÑORITA ME PARECE DE NATURALEZA leve , Y NO GRAVE , que es lo que requiere el delito de imprudencia grave .
Ojo , no olvidemos que ella da marcha atrás , de alguna manera para intentar recuperar un bolso de su PROPIEDAD , que le ha sido robado por unos bastardos .
Desde un punto de vista moral , A MÍ ME PARECE PERFECTAMENTE LEGÍTIMO MATAR A DOS CERDOS que abren el coche de una mujer para robarle .Esos seres , carecen absolutamente DE MORAL Y DE VALOR VITAL .