Claro que los puede matar

Continuando con la serie sobre el poder y su alcance, hoy hablaremos sobre el alcance que tiene el Congreso de los EEUU a la hora de restringir la jurisdicción de los tribunales federales. Este ha sido uno de los debates más duraderos y complicados en el Derecho Constitucional americano. Existe una disputa eterna entre aquellos que piensan que el Artículo III de la Const. de EEUU otorga amplios poderes al Congreso, y aquellos que creen que ese poder está limitado. El texto necesario para hoy es, de nuevo, el Artículo III de la Const. de los EEUU, que dice así en su primera sección:

«Se depositará el poder judicial de los Estados Unidos en una Corte Suprema y en los tribunales inferiores que el Congreso instituya y establezca en lo sucesivo. Los jueces, tanto de la Corte Suprema como de los inferiores, continuarán en sus funciones mientras observen buena conducta y recibirán, en periodos fijos, una remuneración por sus servicios que no será disminuida durante el tiempo de su encargo.»

Todo el debate tiene que ver con lo que yo llamo el «sentido» o «definición» de la cláusula de «depositar» en el Artículo III; el alcance adecuado del Artículo III y lo que le otorga en cuanto a poderes al Conreso sobre la jurisdicción de los tribunales federales; y sobre si debemos dar otro sentido al uso selectivo y la omisión de la palabra «todo» en la segunda sección del Artículo III que dice así: atención señores —

«1. El Poder Judicial entenderá en todas las controversias, tanto de derecho escrito como de equidad, que surjan como consecuencia de esta Constitución, de las leyes de los Estados Unidos y de los tratados celebrados o que se celebren bajo su autoridad; en todas las controversias que se relacionen con embajadores, otros ministros públicos y cónsules; en todas las controversias de la jurisdicción de almirantazgo y marítima; en las controversias en que sean parte los Estados Unidos; en las controversias entre dos o más Estados, entre un Estado y los ciudadanos de otro, entre ciudadanos de Estados diferentes, entre ciudadanos del mismo Estado que reclamen tierras en virtud de concesiones de diferentes Estados y entre un Estado o los ciudadanos del mismo y Estados, ciudadanos o súbditos extranjeros.»

2. En todos los casos relativos a embajadores, otros ministros públicos y cónsules, así como en aquellos en que sea parte un Estado, la Corte Suprema poseerá jurisdicción en única instancia. En todos los demás casos que antes se mencionaron la Corte Suprema conocerá en apelación, tanto del derecho como de los hechos, con las excepciones y con arreglo a la reglamentación que formule el Congreso.

3. Todos los delitos serán juzgados por medio de un jurado excepto en los casos de acusación por responsabilidades oficiales y el juicio de que se habla tendrá lugar en el Estado en que el delito se haya cometido; pero cuando no se haya cometido dentro de los límites de ningún Estado, el juicio se celebrará en el lugar o lugares que el Congreso haya dispuesto por medio de una ley.

Por un lado, tenemos la doctrina de «amplitud». Esto es: que el Congreso sí debería tener más poderes sobre los tribunales.

Fíjense, de nuevo, lo que dice el Artículo III, Sección 1ª:

«y en los tribunales inferiores que el Congreso instituya y establezca en lo sucesivo.»

Este «poder», que nació después del famoso «Compromiso Madisoniano» en la Convención de Filadelfia, ha sido interpretado durante mucho tiempo como una luz verde para que el Congreso de los EEUU pueda establecer o restringir, con autoridad plena, la jurisdicción de los tribunales federales inferiores.

En segundo lugar, tenemos la cláusula de la «excepción». Fíjense en lo que dice el Artículo III, Sección 2, Cláusula 2:

«En todos los demás casos que antes se mencionaron la Corte Suprema conocerá en apelación, tanto del derecho como de los hechos, con las excepciones y con arreglo a la reglamentación que formule el Congreso.»

Los que abogan para que el Congreso tenga amplios poderes, creen que este artículo le da al Congreso autoridad para restringir la jurisdicción del Tribunal Supremo. Desde ese punto de vista, el Congreso podría eliminar muchísimos casos de la jurisdicción del TS y de los tribunales federales sin violar el Artículo III.

A pesar de que el Artículo III no tiene nada que decir acerca de los tribunales locales de los estados, y de hecho no dice nada sobre si deben ejercer el Poder Judicial de los EEUU, la historia y la estructura del Artículo III indica que los tribunales estatales tienen el poder para decidir (al menos inicialmente) casos relacionados con todas las categorías de jurisdicción encontradas en el Artículo III. De hecho, fíjense lo que dijo el bueno de Alexander Hamilton en el Federalista Nº82:

«The principles established in a former paper teach us that the States will retain all pre-existing authorities which may not be exclusively delegated to the federal head; and that this exclusive delegation can only exist in one of three cases: where an exclusive authority is, in express terms, granted to the Union; or where a particular authority is granted to the Union, and the exercise of a like authority is prohibited to the States; or where an authority is granted to the Union, with which a similar authority in the States would be utterly incompatible».

Al margen de lo técnico, los padres de la patria americana tenían miedo de lo que sería un sistema extenso repleto de tribunales federales y todo indica, según esto, que se debe apoyar la teoría de amplios poderes congresionales para restringir la jurisdicción de los tribunales federales. De hecho, algunos académicos juristas han dicho que ese principio por su naturaleza amplía el principio de «representación» que es obviamente uno de los pilares del sistema político estadounidense.

De momento me estoy limitando a dar las dos perspectivas y aún no he dado mi criterio. Lo digo para que los lectores no se «pierdan». Sé que son temas complicados.

No voy a entrar en el «otro» debate — es decir, en el debate de los que abogan por un poder congresional limitado porque mi intención hoy es tocar el tema del Poder Ejecutivo versus el Congreso.

El debate sobre el alcance de poder que debe tener el Congreso para limitar el control presidencial sobre el Departamento Ejecutivo no está tan desarrollado como los otros debates que hemos tocado al inicio de este artículo sobre la jurisdicción. Existe un desacuerdo entre los que creen que el Artículo II limita el poder congresional y aquellos que abogan por más control congresional sobre el Presidente y su Departamento.

Fijémonos en lo que dice el Artículo II, Sección 1, cláusula 1:

«El Poder ejecutivo residirá en el Presidente de los Estados Unidos de América»

¿Lo has leído bien, tontito libertarian? El poder ejecutivo RESIDIRÁ. Repito: RESIDIRÁ. Residirá EN EL PRESIDENTE. No en «los», no en «alguno» — no no — en EL PRESIDENTE. ¿Lo pillas?

Pero, tranquilos. Siéntense en esas sillas que hay más. ¿Qué dice la tercera sección del Artículo II, estimado libertarian ron paulista? Oh, resulta que el Presidente también «cuidará de que las leyes se ejecuten puntualmente y extenderá los despachos de todos los funcionarios de los Estados Unidos». ¡Cuidará y extenderá! ¿Te enteras, contreras? Esto quiere decir que la Constitución liberal de los EEUU, la más liberal del mundo, establece una jerarquía — establece un DEPARTAMENTO EJECUTIVO UNIFICADO bajo el CONTROL DIRECTO del PRESIDENTE. Sólamente una persona muy tontita puede negar ese hecho. El Presidente es el ÚNICO en posesión de TODOS los poderes EJECUTIVOS. Eso significa, además, que él, el Presidente, puede dirigir, controlar y supervisar a sus oficiales inferiores o a otras agencias que necesiten ejercer poder ejecutivo con discreción.

Me gustaría poder entrar en una discusión sobre lo que significa en realidad el «poder ejecutivo» pero eso toma mucho tiempo y va más allá del alcance de este artículo/entrada. Quiero que nos enfoquemos en otra cuestión: ¿Puede el Congreso despojar al Presidente de sus poderes ejecutivos, señores?

Deberías considerar como actualmente hoy, el Congreso tiene varios poderes directos sobre el Departamento Ejecutivo. La jurisprudencia actual permite que el Congreso otorgue poder ejecutivo central en «oficiales y agencias» — agencias «independientes» (sic) del Presidente, a pesar de que la Constitución otorga TODO el Poder Ejecutivo en la figura del presidente y no le da al Congreso NINGUNA autoridad para otorgar poderes ejecutivos a nadie.

¿Cómo vamos a resolver esto, entonces? Mañana más y ofreceré una serie de soluciones para ir poco a poco apartándonos de ese concepto absurdo de «los derechos». Si alguien tiene cualquier pregunta o duda, no duden en preguntarme.

*He titulado esta entrada «Claro que los puede matar».* Eso se debe a que Obama, en ejercicio de su autoridad legítima como Presidente de los EEUU, hace tiempo autorizó que un ciudadano estadounidense — nacionalizado más bien — el musulmán Anwar Al-Aulaqui. No me gusta la política de Obama. No me gusta la moral de Obama. No me gusta la falta de valores bíblicos de Obama. No me gustan los orígenes de Obama. No me gusta la familia promiscua de Obama. Pero esto no tiene nada que ver con mis valoraciones personales que no valen un pimiento y nadie le interesa, gracias a Dios. Sí se trata de la constitución de EEUU, del liberalismo legítimo y de los poderes adecuados para el Ejecutivo. Desde esa óptica, sí, claro que Obama puede matar a cualquier ciudadano norteamericano que represente un riesgo para la seguridad nacional de los EEUU.

He dicho.

28 comentarios

  1. El Moli de Getafe · ·

    Ya en los tiempos de Felipe González y el GAL algunos nos lamentamos de esta limitación ejecutiva que tiene el Presidente del Gobierno español si lo comparamos con el Presidente de los Estados Unidos o el Primer Ministro de Israel.

    Sobre este asunto, se llegó incluso a hablar de la necesidad de elaborar una ley que le permitiera al menos actuar con impunidad penal.

    También, en comparación con el poderío del Presidente de la República francesa, siempre se ha creído que nuestro Presidente del Gobierno español estaba muy limitado a la hora de llevarnos a la guerra, pero la actuación de José María Aznar durante aquella Crisis de Perejil demostró lo equivocado de aquel temor.

    Y, por último, José Luis Rodríguez Zapatero nos ha mostrado una y otra vez que aquellas apelaciones a la necesaria aprobación del Congreso de futuras intervenciones militares españolas en el extranjero no eran más que papel mojado.

  2. Alfredo · ·

    El Moli:

    Creo que hacer comparaciones desafortunadas con el GAL no es una actitud responsable en absoluto porque tampoco es lo mismo. De todas formas en España hay una tarea pendiente — sí – y esa es la de la autoridad legítima que el Presidente de este país debe tener. Yo creo que el Poder Legislativo debe ser independiente del ejecutivo pero es que aquí, además, tenemos al Rey porque somos, gracias a Dios en los cielos, una monarquía. Esos poderes para el Ejecutivo que yo defiendo sería más bien para (en un caso IDEAL), para «el monarca» — lo que pasa es que aún no es una teoría desarrollada. Empero que los alumnos de Derecho en España vayan refinando la tesis.

    Le recuerdo, además, que Zapatero no ha «declarado» una guerra y por lo tanto sí que puede mandar tropas al extranjero.

    ¿Por qué habla usted de impunidad penal? Me ha parecido un comentario muy irresponsable, chulesco e improcedente. De lo que se habla es del ALCANCE penal — que no es lo mismo.

    Lo del «GAL», además, mire yo me voy a quedar con una buena frase de Rubalcaba:

    «El GAL no existe».

    Y los españoles somos lo suficientemente maduros como para no entrar en la historieta eterna del PP sobre el GAL. Cuando el PP se despoje de su franquismo, empezando por don Manuel Fraga, entonces podrá dar lecciones a partidos elegidos de forma democrática sobre sus actuaciones respecto al GAL. No hay ninguna prueba que vincule a F.González con los GAL — prueba sólida y aceptable en Derecho, quiero decir.

  3. Alfredo · ·

    También me ha parecido muy parcial, de su parte, hablar de Zapatero y las tropas.

    Le recuerdo que su partido, y muy bien hecho por cierto, ya quiso suprimir la ley orgánica que exige pedir «permiso al Congreso»:

    http://www.elpais.com/articulo/espana/PP/quiere/suprimir/consulta/previa/Congreso/mandar/tropas/extranjero/elpepiesp/20050512elpepinac_22/Tes?print=1

    Como también bien dijo el PP en aquellas fechas:

    «España no tiene que pedir permiso a ninguna organización internacional».» (para defender a nuestros pesqueros, por ejemplo).

    Eso de «consulta previa» al Congreso para un tema de política exterior es una paparrucha insensata. El destino de la nación en el ámbito exterior no puede estar
    en manos del PPSOE + IU + PNV y el resto de los golfos que ocupan el Congreso de los Diputados. Para eso está el poder Ejecutivo y para eso, debería, en teoría, estar el Rey.

  4. Eduardo I · ·

    Alfredo, de hecho lo que usted propone es lo que existía en la Const. de 1812 y era un documento mucho más liberal que el panfleto humanista de 1978 que hoy pasa por «constitucion española» jeje.

    Dice así sobre la de 1812:

    «La figura del Rey se regulaba como un órgano constitucional que tenía poderes limitados (poder constituido) en la medida que compartía el poder político con otras instituciones (sobre todo, las Cortes). El Art.172 pone de relieve un amplio número de materias en las que no podía intervenir. De sus funciones, cabe destacar la legislativa a través de 2 instrumentos: 1) iniciativa legislativa y 2) la sanción y promulgación de las leyes, así como la posibilidad de interponer un veto suspensivo de carácter temporal en determinadas condiciones.

    El poder ejecutivo recae en el Rey, al tener la competencia sobre la dirección de la política interior y exterior, ejercicio de la función ejecutiva y potestad reglamentaria (en lo no atribuido a las Cortes) y la defensa. En esencia, parecidas a las ejercidas hoy en día por el Gobierno. La figura del Rey era inviolable y no sujeta a responsabilidad, articulándose en el texto constitucional la figura del refrendo.

    Se preveía la existencia de un Consejo de Estado cuyos miembros eran nombrados por el Rey a propuesta de las Cortes, que asesoraban al Rey y no tenían función jurisdiccional (diferencia del Estatuto de Bayona). Sus dictámenes no eran vinculantes.»

    Me parece, si no le entiendo mal, un camino más sensato en comparación con la mierda que hay ahora. Estoy disfrutando muchísimo esta serie y aprendiendo bastante, como estudiante de Derecho.

    Saludos

    PD: Sí sí, por favor algún día hable de cómo sería un Reino Cristiano. Me interesa mucho el aspecto del Código Penal en un reino cristiano. ¿Qué se haría con adúlteros, pederastas, sodomitas, etc?

  5. molondro · ·

    Alfredo,

    bonita defensa del terrorismo de estado.

    «Desde esa óptica, sí, claro que Obama puede matar a cualquier ciudadano norteamericano que represente un riesgo para la seguridad nacional de los EEUU».

    «Riesgo para la seguridad nacional» es la excusa típica. Todos los dictadores la usan. Por ejemplo, ahora mismo la usa Hosni Mubarak (si yo dimito todo será un caos…).

    Piense una cosa como cristiano: lo que está mal está mal. Un crimen es un crimen, lo cometa un individuo o el estado. ¿O es que acaso Dios dijo: no matarás, pero si mata el estado, entonces vale?

    Eduardo I,

    «Me interesa mucho el aspecto del Código Penal en un reino cristiano. ¿Qué se haría con adúlteros, pederastas, sodomitas, etc?»

    Pueeees…. Lapidarlos. ¿Qué otra cosa se puede hacer con ellos «en un reino cristiano»?

    Saludos.

  6. «Pueeees…. Lapidarlos. ¿Qué otra cosa se puede hacer con ellos “en un reino cristiano”?»

    ¿Dónde me apunto para formar ese reino cristiano?

  7. Molondro:

    «Piense una cosa como cristiano: lo que está mal está mal. Un crimen es un crimen, lo cometa un individuo o el estado. ¿O es que acaso Dios dijo: no matarás, pero si mata el estado, entonces vale?»

    El ser cristiano no significa ser unos amanerados castrados COMO TÚ. Te olvidas alegremente que Moisés mandó matar a un tio que recogió leña el sábado, que mató a un blasfemo, que Samuel mató al rey de Amalec, que Elías mató a los 450 profetas de Baal… pero es normal que a los mariconcitos les guste sólo cosas como «Dios es amor» «No matarás» «no juzgues porque serás juzgado».

  8. Hola,

    No iba a comentar nada pero después de ver los comentarios de Alfredo sobre los GAL y la respuesta a Molí me he quedado con ganas de decir algo.

    Es cierto que mucha gente del PP (no toda) me parece poco legitimada para criticar a los GAL, pues recordemos que en esa época, cuando aún era AP, era muy difícil de creer que en terminos reales e independientemente del discurso público los mayores dirigentes de AP no apoyasen o tolerasen en su fuero interno la guerra sucia.
    En cualquier caso lo de los GAL fue algo que se debió perseguir como se hizo, porque es lo adecuado en un estado de derecho. Entendamos siempre que un estado no se puede comportar como un grupo terrorista y actuemos en consecuencia. Lo que sí comparto con Alfredo es que no hay ninguna prueba que vincule a González con el famoso Sr.X, por mucho que ciertos medios lo repitan hasta la saciedad.

    La historia del GAL la contará adecuadamente la siguiente generación. Y allí veremos posiblemente la complejidad del escenario. ¿Fueron los GAL la vía de escape de la frustración militar y la manera de contener golpes de estado? Posiblemente sí, y esto se contará bien cuando haya salido del debate político.

    Por cierto Alfredo, me he quedado con la curiosidad sobre qué opinabas del estudio sobre las pensiones del Juan de Mariana sobre el que he hablado en mi blog. Tu opinión sobre el caso la conozco, pero no sé qué te parece el estudio y si las cifras numéricas las ves tan disparatadas como yo.

    Saludos

  9. molondro · ·

    Anti sindicalista,

    «El ser cristiano no significa ser unos amanerados castrados COMO TÚ»

    «Amanerados castrados» es plural y «como tú» es singular. Lo correcto sería «amanerado castrado como tú» o «amanerados castrados como vosotros».

    Pero bueno, ha demostrado usted tal nivel de estulticia en otros comentarios que no me sorprende que cometa estos errores.

    «…pero es normal que a los mariconcitos les guste sólo cosas como “Dios es amor” “No matarás” “no juzgues porque serás juzgado”.

    Ninguna de estas tres cosas la digo yo: todas están en la biblia. Usted sabrá qué es lo que cree.

    Por cierto, que no me gusten los asesinatos no significa que sea maricón. Aunque si lo fuera ¿qué pasaría?

    Saludos.

  10. Alfredo · ·

    Molondro: me ha parecido asqueroso — totalmente asqueroso lo que me ha dicho ya que, en efecto, me está usted acusando de un grave DELITO PENAL. ¿Cómo se atreve a acusarme de hacer apología del terrorismo? Retire esa acusación porque ni siquiera se desprende de mi texto.

    Dios prohíbe «asesinar» pero NO prohíbe «matar» en cualquier sentido. La Biblia está llena de ejemplos de ejecuciones LEGÍTIMAS.

    Una de esas es la que apunta el antisindicalista.

    Lo que se prohíbe es matar por matar — es decir, asesinar. Creo que usted conoce de sobra mi defensa bíblica de la pena capital. No hay nada más bíblico, cristiano y lógico que la horca para determinados criminales.

    Fíjese molondro: yo a diferencia de muchos otros cristianos, no le voy a «vender» mi fe. Su salvación no depende de mí, sino de Dios. Yo sólo comparto con usted lo que dice realmente la Biblia.

    Antisindicalista:

    Así es–Moisés mandó a matar y además el Código Penal Bíblico es claro al respecto.

    No, la gente ignora que la Biblia NO dice «no juzgarás» — la Biblia DICE ASÍ:

    Molondro siempre hace el ridículo cuando toca el tema bíblico, aferrándose a los clichés típicos de los mundanos rumbo al infierno:

    Esto es lo que dice CRISTO:

    Mateo 7:1-6

    1 No juzguéis, para que no seáis juzgados. 2 Porque con el juicio con que juzgáis, seréis juzgados, y con la medida con que medís, os será medido. 3 ¿Y por qué miras la paja que está en el ojo de tu hermano, y no echas de ver la viga que está en tu propio ojo? 4 ¿O cómo dirás a tu hermano: Déjame sacar la paja de tu ojo, y he aquí la viga en el ojo tuyo? 56 No deis lo santo a los perros, ni echéis vuestras perlas delante de los cerdos, no sea que las pisoteen, y se vuelvan y os despedacen. !!Hipócrita! saca primero la viga de tu propio ojo, y entonces verás bien para sacar la paja del ojo de tu hermano.

    Aquí, el Señor, lo que hace es una reprensión para esos hipócritas que juzgan a otros y no se examinan a si mismos y también es una protección para evitar insultos y blasfemias que pudieran surgir al nombre de Dios y su Palabra por causa de la hipocresía de algunas personas que juzgan y corrigen a otras, viviendo ellos igual o peor. Las frases claves están en cuando el Señor dice, “Con la medida que medís, serás medido”, también cuando dice, “Saca primero la viga de tu propio ojo y entonces veras bien para sacar la paja del ojo de tu hermano” y también cuando dice “No des lo santo a lo profano”.

    Pedro:

    Aún no he leído tu entrada — he estado hoy con unos hermanos en la fe tocando temas morales personales pero esta noche quiero leerla a ver qué tal. No me suena de nada ese estudio, por cierto.

    Comparto lo que usted dice de los GAL. Me ha parecido mucho más razonable y justo que la basura que me ha dejado molondro.

  11. Molondro:

    Te equivocas. Lo que pasa es que quise escribir » El ser cristianoS». Ya expliqué hace tiempo que mi teclado es duro como el granito. Dejo pasar ese malentendido porque a cualquiera le pasa.

  12. Vamos a ver, si Dios prohibiera matar en cualquier circunstancia, incluso mediante la aplicación de la pena capital o en guerras, entonces ¿cómo es que en el Antiguo Testamento se aplica la pena de muerte en tantas ocasiones? ¿O cómo es que Jesús no condena la pena de muerte en ningún momento? El Sexto Mandamiento significa que no debemos quitar una vida injustamente. La palabra hebrea «ratsach», que traducida en la mayoría de biblias aparece como «matar», en realidad, en su contexto, debe entenderse como “asesinar”, segar una vida sin justificación alguna. Es que, justo después, en los versículos siguientes de Éxodo, se establece la pena de muerte para el asesinato y para el perjurio en casos en que se enjuicie un asesinato (aquí se dice expresamente «no le compadecerás») y hasta para el secuestro.

    Cuando Cristo dice que el segundo gran mandamiento es “ama a tu prójimo como a ti mismo”, cita un versículo del Levítico, donde se incluye, como en toda la Ley de Moisés, la pena de muerte. Y, en efecto, si la disuasión de la pena de muerte salva la vida de alguien que sea nuestro enemigo, evita que sea asesinado, estaremos mostrando el amor incluso a quien esté enemistado con nosotros, del que habló Cristo.

    Por tanto, cristianamente, el matar a alguien culpable de quitar o querer quitar la vida a otro no es problemático. Lo que es un pecado es matar inocentes deliberadamente.

    Espero que, más o menos, se haya entendido; aunque esto no sea el tema fundamental de hoy.

  13. Alfredo:

    «Molondro: me ha parecido asqueroso — totalmente asqueroso lo que me ha dicho ya que, en efecto, me está usted acusando de un grave DELITO PENAL. ¿Cómo se atreve a acusarme de hacer apología del terrorismo? Retire esa acusación porque ni siquiera se desprende de mi texto.

    Dios prohíbe “asesinar” pero NO prohíbe “matar” en cualquier sentido. La Biblia está llena de ejemplos de ejecuciones LEGÍTIMAS.»

    A mí ni me sorprende lo que dice el amanerado molondro. Es HARTO CONOCIDO que el sueño erótico de la manada de molondro sea ver cómo los paganos orinan y defecan en la cara a los cristianos, diciendo: «yo puedo hacer esto, pero tú debes dejarte porque Jesús dijo que debes poner la otra mejilla».

    «Así es–Moisés mandó a matar y además el Código Penal Bíblico es claro al respecto.

    No, la gente ignora que la Biblia NO dice “no juzgarás” — la Biblia DICE ASÍ:

    Molondro siempre hace el ridículo cuando toca el tema bíblico, aferrándose a los clichés típicos de los mundanos rumbo al infierno»

    Bueno, los paganos tendrán toda la eternidad en el INFIERNO para preguntarse «¿por qué Dios ej tan malo conmigo?». La verdad es que la vida es muy corta para tratar de resolver todos los misterios que existen, jejejeje.

  14. Lo que ocurre fundamentalmente es que se confunde lo que es amor, en sentido sentimental o cariñoso, con lo que es amor en la Biblia. Amor a Dios es cumplir los 4 primeros mandamientos y amor al prójimo es cumplir los 6 restantes. Cristo lo único que hizo es resumir las dos tablas en dos mandamientos y, por supuesto, el castigo al culpable de homicidio estaba incluido.

  15. Tetengofichado · ·

    qué miedo me daría tener en España un ministro de «justicia» como Javier. Javier, Alfredo y antisindicalista. ¡Esto sería una teocracia!

    Javiercito: más te vale dejar de manipular a Coll constantemente, que ya más que uno sabemos la que te estás montando «incógnita» mente respecto a este proyecto. Eres un BASTARDO pero ¿sabes qué? Brito ya vuelve a tener empleo. Jódete.

    Y Brito quiere verte y aún espera que le contestes sus mails. ¿tienes miedo, fariseo de mierda?

  16. «qué miedo me daría tener en España un ministro de “justicia” como Javier. Javier, Alfredo y antisindicalista. ¡Esto sería una teocracia!»

    Más te vale comprar una caja de pañales, PUTO DE MIERDA.

  17. Tetengofichado · ·

    y tú antisindicalista ándate con cuidado que cuando te agarre vas a saber lo que es la furia de un ario.

  18. «y tú antisindicalista ándate con cuidado que cuando te agarre vas a saber lo que es la furia de un ario.»

  19. Ah, vaya, un vómito pestilente.

    Conmigo como ministro de justicia toda clase de delincuentes comunes, criminales pre-delictivos y narcotraficantes, sí que iban a tener verdaderos sudores fríos.

    Primera medida: como dije hace una semana, proponer algo similar a la “Patriot Act” de EEUU. Con los terroristas islamistas no basta, hay muchas más clases de sediciosos y delincuentes, traficantes de drogas incluidos, a los que hay que tener vigilados y controlados.

  20. Alfredo · ·

    ¡Qué desagradable tener que desayunarme con esta basura del tal «fichado». ¿Me tienes fichado, maricón? ¿Me tienes a mí fichado? Bastardo. ¿De qué me tienes a mí fichado, hijo de la gran puta?

    Veo que tanto tú como tu amiguito Brito tenéis un complejo de inferioridad. Me parece lógico porque es cierto que en vuestro caso se debe tener.

    Escúchame bien lo que te voy a decir y que conste que esto no es una amenaza — es una promesa pública: como vuelvas a intentar agredir verbalmente al compañero Javier o a dejar un vómito más en esta página web, ¿sabes lo que haré con tu amiguito Brito, cobarde de mierda? Ni siquiera tienes el valor de decirme quién eres pero con tu amigo se tomará una medida:

    Compartiré con la red de lectores todos sus emails más «sensibles». Así que ándate con cuidado (tu y Brito) y déja a Javier en paz, saco de mierda, grasiento, casposo, infecto, insignificante, sucio, aborto residual.

    En cuanto menos te lo imagines, los «skins» neonazis como tú siempre acaban saboreando la bota en la boca de un soldado de la OTAN o de un israelí. Eso es lo que más os dolería. A Dios gracias, creo que puedo facilitarte el mal trago, pues cuento con muchos aliados de Israel e incluso de aliados árabes como la delegación de chicos que llegó aquí a Madrid la semana pasada de Abu Dhabi. Mucho, mucho cuidado, enfermo pervertido.

  21. molondro · ·

    Alfredo,

    no digo que usted haga apología del terrorismo, digo que con sus argumentos se puede justificar un crimen de estado.

    Pero aun en el caso de la pena de muerte «legítima», el reo ha de tener un juicio justo y unas garantías legales. Lo que no se puede es asesinar a alguien por decisión del jefe del estado en aras de la «seguridad nacional». Eso no es pena de muerte: es terrorismo de estado.

    Sobre si la pena de muerte es bíblica ya se ha hablado aquí largo y tendido. Sólo digo una cosa: mi interpretación de la Biblia es tan válida como la suya, y si Dios hubiera querido ser tajante en esto, supongo que lo habría dejado todo mucho más claro.

    Javier,

    «¿O cómo es que Jesús no condena la pena de muerte en ningún momento?»

    Yo creo que sí lo hace: cuando detiene la ejecución de la mujer adúltera, avergonzando a todos los que participaban en ella. Esa ejecución, según los parámetros del Viejo Testamento, era totalmente «legítima». ¿Por qué Jesús la detiene? ¿Por capricho?

    Pero bueno, lo absurdo es querer legislar hoy en día en base a un libro escrito hace miles de años y lleno de supercherías y salvajadas. Porque si nos atenemos a la Biblia, no sólo deberíamos aplicar la pena de muerte, sino que habría que ejecutarla de la misma forma en que ellos lo hacían, es decir, lapidando a los culpables. Seguro que a más de uno le gustaría eso.

    Anti-sindicalista,

    «A mí ni me sorprende lo que dice el amanerado molondro. Es HARTO CONOCIDO que el sueño erótico de la manada de molondro sea ver cómo los paganos orinan y defecan en la cara a los cristianos, diciendo: “yo puedo hacer esto, pero tú debes dejarte porque Jesús dijo que debes poner la otra mejilla”.

    Voy a empezar a recopilar las barbaridades que usted dice. Son francamente divertidas.

    Saludos.

  22. sociata latinoamericano · ·

    «La Patriot Act» es inconstitucional, amén de inmoral, pues suspende de manera arbitraria y muchas veces indefinida las libertades civiles.

    Curiosamente muy poca gente en los EEUU la conoce.

  23. Molondro:

    «Sobre si la pena de muerte es bíblica ya se ha hablado aquí largo y tendido. Sólo digo una cosa: mi interpretación de la Biblia es tan válida como la suya, y si Dios hubiera querido ser tajante en esto, supongo que lo habría dejado todo mucho más claro.»

    Ja. Me ha recordado el típico niñato repelente que abunda en los países desarrollados, que justifica su estupidez diciendo cosas como: «no soy un idiota, lo que pasa es que mi opinión es tan válida como la tuya porque nadie tiene la verdad y bla bla bla…».

    «Voy a empezar a recopilar las barbaridades que usted dice. Son francamente divertidas.»

    WOW! Ahora sí estoy temblando de miedo. A veces me pregunto la cantidad de tiempo libre que tiene una persona.

  24. Alfredo · ·

    Molondro:

    «Sólo digo una cosa: mi interpretación de la Biblia es tan válida como la suya, y si Dios hubiera querido ser tajante en esto, supongo que lo habría dejado todo mucho más claro.»

    No, molondro, no — usted es un infiel y por lo tanto la opinión que usted pueda tener respecto a la Biblia no vale para nada dentro del contexto confesional. Que su opinión valga para usted ya es otro asunto pero para los cristianos de fe, su opinión sobre la Biblia no es válida.

    Dios no escucha la oración de sus enemigos.

    Latinoamericano:

    no sé qué tendrá que ver eso que ud. dice con el tema del Ejecutivo…

  25. sociata latinoamericano · ·

    La verdad que sí tiene relación, pues es precisamente el presidente a través de las diversas agencias y las Fuerzas Armadas quien la ejecuta, pero en realidad reaccioné al comentario de su amigo Javier.

    Hasta la vista…

  26. sociata latinoamericano · ·

    Ahh… y sumamente sustanciosa la serie sobre derecho constitucional estadounidense. Pese a sus puntos de vista imperialistas e inhumanos debo reconocer que maneja la temática.

  27. Alfredo · ·

    ¿imperialistas e inhumanos? No exagere, por favor. No sea ridículo. Ya he contestado parte de lo que usted dice en su comentario en mi última entrada. No veo el imperialismo por ninguna parte. Lo que veo es lo otro que usted dice: que manejo el tema y que a mí no me pueden venir con cuentos chinos sobre los «derechos humanos».

  28. «Ahh… y sumamente sustanciosa la serie sobre derecho constitucional estadounidense. Pese a sus puntos de vista imperialistas e inhumanos debo reconocer que maneja la temática.»

    Jajajajajajajaja. Por fin retomó su trabajo.

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